NO QUEREMOS NI DEBEMOS SER ZONA DE SACRIFICIO. NO MÁS GUETOS VERTICALES. CHILE CAMBIÓ.

POR QUÉ INGRESÓ LA CARTA AL CONTRALOR EL VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021

PORQUE SE LEVANTA UN GUETO VERTICAL DE 26 PISOS QUE AMENAZA A NUESTRO BARRIO Y SU PROYECTO DE ZONA TÍPICA. APELAMOS A LAS AUTORIDADES PARA QUE CORRIJAN ESTO. SE PUDO RESOLVER DE OTRA MANERA. HEMOS SOSTENIDO QUE UN GUETO VERTICAL NO ES SOLO UN PROBLEMA PURAMENTE NORMATIVO, ES UN PROBLEMA SOCIAL, MEDIOAMBIENTAL, DE SALUD MENTAL Y DE CALIDAD DE VIDA QUE AFECTA A CIENTOS DE FAMILIAS, POR LO TANTO ES UN PROBLEMA DE DERECHOS BÁSICOS. MIENTRAS PARLAMENTAMOS, LA CONSTRUCCIÓN DEL GUETO DE 26 PISOS, 695 DEPARTAMENTOS Y SOLO 168 ESTACIONAMIENTOS SUBE CADA DÍA. ES NECESARIO CONOCER LA OPINÓN DE LAS AUTORIDADADES MUNICIPALES, LA DEL GOBERNADOR ORREGO, LA DE LOS CANDIDATOS Y LA DE LOS CONSTITUYENTES. TAL VEZ LA CALIDAD DE VIDA DE LAS COMUNIDADES, LA SALUD DE SUS HABITANTES, LA PLANIFICACIÓN URBANA RACIONAL Y SUSTENTABLE, LOS DERECHOS HUMANOS FUNDAMENTALES, DEBERÍAN IMPORTAR. 


Sr. Jorge Bermúdez Soto

Contralor General de la República

Presente

 REF. Solicita un análisis jurídico y dictamen sobre un permiso de edificación con 26 pisos, cursado en el año 2016 por DOM de Independencia, aplicando disposiciones del Plan Regulador Comunal (PRC) de 1983 (sic)

 Como una cuestión previa le informamos que el PRC de Independencia, para el sector en donde se otorgó el 16/12/16 el Permiso de Edificación N° 30, está vigente desde el 20/03/14 considerando una altura máxima de 12 pisos, teniéndose en cuenta que en el período 04/03/13 - 04/03/14 ese sector, por aplicación del artículo 117 de la LGUC, estuvo congelado, pero desde el 04/03/14 hasta el 20/03/14, fecha, como se dijo, de su inicio de vigencia, por razones inexplicables, debido a que el PRC no estaba publicado en el Diario Oficial fue posible que ingresaran a la DOM algunas solicitudes de anteproyectos y posiblemente permisos.

 Pues bien, el permiso de edificación N° 30 del 16/12/16 otorgado por el DOM a Inversiones San Martín S.A. contempla la altura de 26 pisos con 695 viviendas, 7 locales comerciales y solo 168 estacionamientos, voluminosa estructura de agrupamiento continuo que se está levantando en el sitio de 3.758 m2 localizado en la calle Fermín Vivaceta N° 1702. En notas que se reflejan en el formulario del acto administrativo se lee "El uso de la construcción deberá ser siempre concordante con el establecido en el Plan Regulador Comunal vigente".

 Mientras estaba vigente el congelamiento, la DOM emitió con fecha 02/01/14 a la empresa el CIP N° 615/616/617 y estando vigente el actual PRC de Independencia, con normas más restrictivas, dicha DOM aprueba el AP N° 29 de fecha 24/11/14, con aplicación de las normas más permisivas del PRC de 1983. Destacamos que en nuestra carta del 22/09/21 a DOM le pedimos, entre otros, que nos informara la fecha de ingreso de la solicitud del AP, sin obtener respuesta,  

 En nota del 14/09/21, mediante la cual, la DOM responde a la Organización de Vecinos Zona Típica PV Norte & Sur, se lee que con fecha 29/05/15 el titular del proyecto ingresa la solicitud N° 27/2015 de permiso de edificación, el que, como se dijo, se aprobó el 16/12/16 con N° 30, violándose abiertamente los plazos máximos perentorios fijados en los artículos 1.4.9 y 1.4.10 de la OGUC. Como vemos, transcurrieron 19 largos meses desde que se solicitó el permiso y se obtuvo su aprobación, desconociendo los firmantes de esta denuncia si la empresa respetó lo consignado en el artículo 1.4.8 de la OGUC.

 Se concluye entonces que el DOM no rechazó, como era su obligación, la solicitud del permiso, al no haberse resuelto en el plazo de 60 días las observaciones dictadas por él, por lo tanto, no devolvió al interesado la documentación correspondiente. Si el DOM hubiese respetado el marco regulatorio de carácter nacional, la empresa Inversiones San Martín S.A. dueña del terreno podía solicitar un nuevo permiso de edificación, pero ateniéndose obligatoriamente a las normas urbanísticas, altura de 12 pisos, del PRC de Independencia.

 En la especie, no estamos ante un error cometido por la DOM, sino esa función voluntariamente adoptó la decisión de no aplicar la disposición reglamentaria mencionada, para que el empresario pudiera construir un edificio con la elevadísima altura de 26 pisos. También podría ser posible que la DOM desconocía los mencionados artículos de la OGUC y con una negligencia inexcusable involuntariamente los transgredió. En todo caso, no podríamos asegurar ni lo uno ni lo otro. Hasta donde sabemos, la DOM no notificó a la Junta de Vecinos del sector la emisión del permiso en comento, vulnerándose el artículo 116° de la LGUC.

 Pero el hecho concreto, por lo relatado, es que, en nuestra opinión, estamos ante un permiso de edificación mal otorgado y como el proceso de invalidación del mismo no es posible por el imperio del artículo 53° de la ley N° 19.880, le solicitamos a la Contraloría que analice la situación con los documentos que adjuntamos, presentación que ingresaremos hoy día en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Independencia para que así el alcalde Durán, efectúe sus descargos. Así, conociendo ambas versiones de los hechos, su órgano fiscalizador podrá emitir, ojalá a la brevedad, el dictamen que solicitamos.

 Si el contenido de su próximo dictamen recoge nuestros planteamientos, las cerca de 700 familias que se están viendo perjudicadas por los impactos negativos de su actual altura de 17 pisos y más aún, con la proyectada de 26 pisos, tendrán que tomar una decisión si llevan el caso al Ministerio Público, pues podría ser posible que estemos ante un presunto delito de prevaricación administrativa, materia de competencia exclusiva de la Unidad Especializada de la fiscalía nacional.

  Atentamente, 

   

Adrián Torres Canales

Organización de Vecinos ZTPV-N&S

Patricio Herman Pacheco

Fundación Defendamos la Ciudad

 

Copia alcalde de Independencia señor Gonzalo Durán

 Se adjunta:

 Permiso de Edificación N° 30 del16/12/16

Carta del 27/08/21 al DOM de Independencia

Oficio N° 1073/2021 del 14/09/21 delDOM de Independencia

Carta del 22/09/21 dirigida al DOM de Independencia

Carta del 24/09/21 dirigida al DOM deIndependencia

Carta del 01/10/21 dirigida al DOM deIndependencia

Folleto impreso de la Organizacióndenunciante

Comentarios

  1. Y que se puede hacer si ya casi está terminado ?
    Como matan nuestra comuna

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  2. Me indigna saber que las constructoras hagan lo que se les plazca! Cero ética y empatía..

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  3. Chile Cambió basta de abusos alcaldía. He votado por usted en sus 3 periodos y ahora estoy dispuesta en pedir su renuncia por no ejercer su cargo en favor de los vecinos

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  4. No permiter que sigan agregando pisos!!! Al costo que cueste!

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  5. Le hemos dicho y reiterado al Alcalde que este no es solo un problema normativo, sino social, medioambiental y de calidad de vida. Que deberían parar las obra ahora, ya. Pero nada. Parece que las buenas formas no funcionan.

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